FORO PARA CRECER

PROPUESTA 5.15

Combatir la informalidad laboral a través de la conexión entre las autoridades de la justicia laboral y el Instituto Mexicano del Seguro Social

Joyce Sadka

ITAM

Vía de instrumentación

Acción administrativa

Detalle de la vía

Cumplimiento y automatización del artículo 966 Ter de la Ley Federal del Trabajo por los tribunales laborales federales y locales, más cooperación entre los Centros de Conciliación Laboral y el IMSS bajo el artículo 684-E.

Propuesta

La autora aprovecha la Reforma Laboral de 2019 y las nuevas autoridades de justicia laboral para desincentivar la informalidad. El artículo 966 Ter de la Ley Federal del Trabajo ordena a los tribunales laborales dar vista al IMSS de todas las sentencias condenatorias en las que la persona trabajadora recibe el pago o restitución de un derecho laboral, sin requerir que la parte interesada lo solicite ni que el IMSS haya sido llamado como tercero interesado. Como las sentencias contienen la determinación de fechas, modalidad y salario, el Instituto puede usar esas determinaciones para exigir el cumplimiento de los derechos de seguridad social.

La autora propone automatizar la comunicación para que la política tenga un costo muy bajo, y considera que el incentivo al cumplimiento patronal importa más que el ingreso por cuotas y multas. Los Centros de Conciliación Laboral no pueden enviar información al IMSS por restricciones de confidencialidad, pero su obligación de asesoría jurídica bajo el artículo 684-E permite informar a trabajadores sobre sus derechos de seguridad social y enfocar las políticas de inspección y sanción del IMSS contra el no registro, la subdeclaración de sueldo y la simulación de relaciones laborales.